Eficacia del numeral 1 del articulo 33 de la ley 1801 de 2016 en barrios en tulua año 2018 y 2019
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Date
2022Author
Meneses Díaz, José Ferney
Ocampo González, Gustavo Adolfo
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El ruido como uno de muchos contaminantes, puede llegar a afectar otros derechos constitucionales como la intimidad, la privacidad, derecho un ambiente sano, derecho a la paz y a la tranquilidad de una manera indirecta, dado a la capacidad que tienen las ondas sonoras para replicarse y llegar hasta otros lugares privados, donde la esfera íntima y personal de otros ciudadanos, se puede ver comprometida dado a la intensidad del ruido que determinada persona se está generando.
A partir de una investigación socio jurídica enfocada en evaluar la eficacia del numeral 1° del artículo 33 de la Ley 1801 de 2016 en materia de control de ruidos, se pretende por medio de esta monografía, exponer al lector aquellos vacíos encontrados en la norma y el impacto que ha tenido entre los años 2018 y 2019 como mecanismo de aplicación inmediata para el control de ruidos en los barrios Rojas, El Palmar y Urb. La Paz del Municipio de Tuluá.
De acuerdo a la ficha territorial del Departamento de Planeación Nacional de Colombia del año 2018, el Municipio de Tuluá contaba con una población aproximada de 219.148 habitantes y un Comando de Policía que tenía 285 policías activos, por lo que se reconoce el esfuerzo que hace en la atención de casos y atender de manera inmediata todos aquellos conflictos que surgen en el seno de una sociedad, entre ellos, la perturbación de la tranquilidad por el ruido.
La inasistencia por parte de la autoridad policial, conlleva en algunos casos, a que la sociedad opte por auto tutela de sus derechos, intentado hacer justicia por mano propia, lo que agravaba la situación jurídica para el ciudadano y a la vez refleja en los demás miembros del conglomerado, un problema social generador de violencia, que conlleva en algunos casos, a la violación de otros derechos ajenos a este, pudiendo pasar inclusive de un ámbito civil, a uno penal, lo cual se pretende evitar en gran medida, con la ayuda y entrada en vigencia de esta nueva ley.
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En esta investigación, se implementaron técnicas de recolección de datos, como la encuesta, la observación, por medio de los cuales se intenta realizar un cotejo de la información brindada por las entidades, para comparar el grado de satisfacción de los ciudadanos, quienes son testigos directos de la aplicación de esta norma para el control de ruidos.
Es por ello que a través de esta investigación, se realiza un estudio minucioso sobre ¿Qué garantía ofrece la ley en cuanto la privacidad de las personas con agentes como el ruido?, ¿Pueden los funcionarios de una comandancia evitar el ruido de una comunidad? ¿Es eficaz y aplicable en la practica el articulo 33 numeral 1 de la Ley 1801 de 2016?, ya sea desde una regulación por parte del congreso hacia la institución, o mediante herramientas jurídicas que la constitución brinda al ciudadano para la protección de sus derechos.
Al finalizar esta investigación, se pretende realizar un aporte a la academia, las instituciones públicas y la sociedad, con el fin de exponer el vacío normativo que actualmente presenta este artículo y conocer el grado de satisfacción de la población seleccionada de Tuluá.
Así mismo se espera que el presente sirva para concientizar a un cambio y permita dotar a los Policías de instrumentos técnicos e idóneos de medición de ruido, que les permitan determinar con certeza, cuando un ciudadano está excediendo los niveles permitidos de ruido.
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ilustraciones, gráficos, tablas
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- Derecho [485]