Eutanasia herramienta para la prevalencia de la dignidad humana de los enfermos
Abstract
Como primer paso se debe poder entender el termino o a lo que hace
referencia cuando se habla de “Eutanasia”, este texto se encontrará centrado en
¿qué significa?, ¿qué está pasando con la eutanasia en Colombia?, ya que este
es un tema muy debatido no solo desde el ordenamiento jurídico, sino además
dentro de lo moral y lo etico.
Ahora bien definiéndolo desde la perspectiva de las personas a nivel
general como tal la eutanasia es una forma o método, para poner fin al sufrimiento
de las personas que padecen una enfermedad terminal, convirtiéndose en una
herramienta de primera mano para aquellas personas que soliciten utilizar este
método, y que la normatividad colombiana permite su realización, con el fin de
promover la protección a la dignidad humana para aquellas personas que toman la
decisión de dar por terminado el sufrimiento grave en su vida provocados por
aquellas enfermedades irreversibles y sin tratamiento alguno;.
Por tanto, este documento se referirá a la eutanasia y su práctica en
Colombia y su reglamentación en el ordenamiento jurídico. Para que se pueda
analizar este método y ver cómo funciona en la normatividad de Colombia, se
debe partir que es la muerte médicamente asistida y los diferentes métodos de su
aplicación.
El procedimiento que actualmente existe, con respecto de la aplicación del
método de la muerte asistida, y el nuevo pronunciamiento de la sala plena de la
corte constitucional de ampliar el derecho a morir dignamente, no puede obligarse
a una persona a seguir viviendo, cuando padece una enfermedad grave e
incurable que le produce intensos sufrimientos.
Aunque el tema lleva décadas en un agitado debate, el congreso sigue sin
reglamentar, la Corte Constitucional es la que se ha pronunciado sobre el caso, se
debe crear un segundo comité interdisciplinario de expertos en enfermedades
terminales o grave para ser utilizado como una segunda evaluación, como un filtro
de la primera decisión, el cual no tenga ningún recurso como mecanismo de
impugnación, y no se presente lo que sucedió en el mes de julio que después de
ser autorizado dicho procedimiento 36 horas antes se le informo lo contrario por
falta de criterios científicos.
Descripción
ilustraciones, gráficos, tablas