Ampliación del espectro de la responsabilidad penal para personas jurídicas como mecanismo de protección a los derechos del consumidor en Colombia
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2017Author
Briceño Bernal, Diana Carolina
Domínguez Pulgarín, Blanca Inés
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Desde el origen mismo del derecho, se ha debatido el tipo de responsabilidad endilgable a las hoy conocidas, personas jurídicas; en principio el Estado de Roma no admitió la idea de la responsabilidad penal para las personas jurídicas, con base en el principio societas delinquere non potest1, no obstante a finales del siglo XVIII esta posición varió y se admitió que estos entes fictos podrían tener la capacidad para delinquir.
Posteriormente, Savigny a través de su teoría de la ficción, estimó que este tipo de responsabilidad sólo es atribuible a las personas naturales, rechazando a las personas jurídicas como entidades trasgresoras de la normatividad penal. Iniciando el siglo XX, Franz Von Liszt, insistió en que éstas pueden ser instrumentalizadas para delinquir2.
Para la década de 1980 Dinamarca, Noruega y Suecia, implementaron normas de carácter penal para ser aplicadas a las personas jurídicas que fueren catalogadas como peligrosas; posteriormente, entre los años 1990 y 1991, en países tales como Suiza, Bélgica, Hungría y Polonia, se radicaron proyectos de Ley con la misma finalidad; en 1994 y 1995 acogieron esta posición Francia y Finlandia, Naciones que adoptaron reglamentación para responsabilidad general de las sociedades.
En Colombia, se ha demarcado un interés histórico para dar cabida a la aplicación de sanciones penales a las personas jurídicas, liderando la lista de propuestas y disposiciones, el proyecto de Ley presentado por el Consejero de Estado Demetrio Porras en el año 1988 como propuesta del Código Penal, así como los proyectos de Ley de 1976 y 1978, el artículo 26 de la ley 491 de 1991 declarado inexequible mediante sentencia C-843 de 199 y por la cual se dio apertura a la discusión sobre la necesidad de implementar este tipo de responsabilidad en tratándose de personas jurídicas3.
1CARDENAS ANZOLA Cristian Gabriel. Configuración de la responsabilidad penal en las personas jurídicas. Tunja. Revista Iter ad. Veritatem. No. 12. 2014. P 138. Disponible en http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/iaveritatem/article/view/915
2WIKIPEDIA. Responsabilidad Penal. Disponible en https://es.wikipedia.org/wiki/Responsabilidad_penal.
3AA.VV. Responsabilidad Penal para Personas Jurídicas: una Omisión Legislativa, Proyecto de Investigación, Pereira Risaralda, Universidad libre. P. 7-31.
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En la actualidad, pese a que en el Código Penal Colombiano -Ley 599 de 2000- no se establece responsabilidad penal para las personas jurídicas, el artículo 91 del Código de Procedimiento Penal y canon 34 de la Ley 1474 de 2011, se contemplan medidas de carácter definitivo por medio de las cuales se sanciona a estas entidades por su participación dentro del actuar delictivo de las personas naturales4.
Ello permite concluir que, si bien en Colombia existe reglamentación sobre la materia, la misma lo es de manera tímida, fragmentada e inconsistente frente a las sanciones penales aplicables a este tipo de organizaciones.
Ahora bien, en los últimos años, se ha presentado en Colombia una serie conductas de reprochables por parte de varias sociedades, defraudando los derechos de los consumidores; tal es el caso de los llamados “Carteles”, en los cuales se evidencia una trasgresión a las garantías de los compradores de productos tales como cuadernos, pañales, azúcar, entre otros.
Esta forma de actuar no sólo ha dado apertura al debate frente a la necesidad de ampliar el espectro de la responsabilidad penal para las personas jurídicas en Colombia, sino que además, ha dejado entre la comunidad una sensación de injusticia, pues, sólo es posible aplicar a estas sociedades, multas derivadas de un proceso administrativo, dejando de lado a los consumidores como víctimas directas de las conductas desarrolladas por estas ficciones.
Teniendo en cuenta lo anterior, se observa el gran problema frente a las limitaciones legislativas actuales, que no sólo desconocen los derechos de los consumidores como víctimas del actuar de las personas jurídicas, sino que además, imposibilitan la aplicación de la norma penal a estas ficciones; surgiendo como pregunta de investigación: ¿Es pertinente la ampliación del espectro de la responsabilidad penal para las personas jurídicas como mecanismo de protección a los derechos del consumidor en Colombia?.
Para dar respuesta a tal interrogante, dentro del presente trabajo se desarrollarán dos secciones, el CAPITULO I. RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN COLOMBIA, a través del cual se estudiarán los planteamientos
4 ORGANIZACIÓN DE COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO. Compilación de leyes sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas de los Estados signatarios de convenciones internacionales contra la corrupción. P12. Disponible en http://www.oas.org/juridico/PDFs/enc_compilacion.pdf.
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jurídicos que en el ámbito constitucional, sustancial, procesal y jurisprudencial han efectuado el Congreso de la República y las Altas Cortes sobre la aplicación de la responsabilidad penal a las personas jurídicas y, el CAPITULO II. CARTELES EMPRESARIALES EN COLOMBIA. Mediante el cual se expondrán las concertaciones irregulares que se han presentado en el país y que han defraudado el patrimonio de los consumidores, usuarios e incluso del propio Estado; así como las acciones y sanciones aplicadas en cada caso.
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