Causa de la crisis financiera y asistencial en la empresa social del estado- Hospital Departamental Tomás Uribe Uribe de Tuluá, Valle del cauca
Abstract
La reforma del Sistema General de Seguridad Social en Salud contenida en las Leyes 10 de 19901, 60 de 19932 y especialmente en la 100 de 19933, trajo consigo profundos cambios en la estructura y funcionamiento administrativo y asistencial sobre todo en las instituciones públicas prestadoras del servicio (IPS), las cuales debieron iniciar un proceso de transformación regulado por el Decreto 1876 de agosto de 19944, fue así como el Hospital Tomás Uribe Uribe en el año de 1996 y por medio de la ordenanza 0055 de Enero 12, se trasformó en Empresa Social del Estado, con Autonomía Administrativa, Patrimonial y Personería Jurídica.
Para complementar y regular el nuevo sistema de salud se crearon las Leyes 344 de 19966, ley 715 de 20017, 1122 de 20078 y 1438 de 20119, con las cuales se terminó de estructurar dicho sistema y transformó la Oferta en Demanda de servicios de salud, de tal manera que los usuarios pobres y vulnerables que se clasifican en niveles socioeconómicos uno y dos mediante la aplicación del instrumento denominado SISBEN (Sistema de Selección de Beneficiarios de Programas Sociales), pasaron a ser subsidiados por el Estado y afiliados a las Administradoras del Régimen Subsidiado en Salud (ARS) y aquellos que tenían patrono y capacidad de pago, al Régimen contributivo (EPS). Definido los dos regímenes de salud (Subsidiado y Contributivo), los cuales son administrados por las Empresas Promotoras de Salud, los usuarios fueron afiliándose progresivamente a cada uno de ellos dependiendo de su condición, proceso que se desarrolló en un periodo de transición que según la Ley 100 de 1993, no debió superar el año 2001 (cobertura universal). Durante el citado periodo de transición, los usuarios que aún continuaban en el régimen anterior, es decir que siendo pobres o vulnerables no habían sido afiliados a una EPS del Régimen subsidiado y aquellos que no cotizaban aun teniendo capacidad de pago o que sus patronos no los afiliaban al Régimen Contributivo, continuaban en el esquema anterior de la Oferta y los que si ingresaban a uno de los regímenes pasaban al sistema de Demanda.
Descripción
ilustraciones, gráficos, tablas
Collections
- Derecho [597]