Barreras de acceso al derecho a la educación de las personas en situación de discapacidad en el municipio de Tuluá

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Date
2017Author
Arenas Osorio, Eddy Johana
Ocampo Márquez, Jenny Paola
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El Estado Colombiano, a través del bloque de constitucionalidad, se ha comprometido con la adopción de normas para la protección especial que deben tener las personas en situación de discapacidad, pues aquellas reconocen y garantizan una integración social y efectiva, y a la vez una protección y aplicación de los Derechos Humanos en todo el territorio nacional, ya que con este bloque se integra un grupo muy amplio de principios, reglas y normas establecidas en el derecho positivo, legislación que alcanza el mismo rango constitucional en el interior del país. Muestra de ello es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ratificada por Colombia a través la Ley 16 de 1972 que define “los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social” y, la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, ratificada por Colombia mediante la Ley 762 de 2002 “los objetivos de la presente Convención son la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad”.
Además, Colombia cuenta con una normativa interna a favor de las personas en situación de discapacidad, que busca garantizarle a estas personas una protección e integración en la sociedad, entre éstas normas están la Ley 115 de 1994 “Ley General de Educación”, que en el Título III, Capítulo I establece dentro de las modalidades de atención educativa a poblaciones, la educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales; el Decreto 2082 de 1996 “Por el cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales”; la Ley 361 del 7 de febrero de 1997 “Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones” y el Decreto 366 del 9 de febrero de 2009 “Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva”.
Existen directrices internas que buscan brindar una educación integral a toda la población, como es el caso del Plan Decenal de Educación 2006 – 2016 que en su visión contempla En su capítulo VII, “Equidad: acceso, permanencia y calidad”, contempla como objetivo del Estado la creación de políticas públicas, que garanticen y promuevan el derecho y el acceso a un sistema público educativo inclusivo que asegure la calidad y permanencia de los educandos en todos los niveles. En particular que a la población en situación de discapacidad se le brinden todos los apoyos pedagógicos, tecnológicos y terapéuticos para promover su participación y eliminar las barreras en su aprendizaje; y la resolución 2565 de Octubre 24 de 2003, del Ministerio de Educación Nacional, “Por la cual se establecen parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas”.
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ilustraciones, gráficos, tablas
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- Derecho [595]