Efectividad de los limites constitucionales internos y externos de la aplicación de la medida de aseguramiento preventiva privativa de la libertad como regla excepcional y no general
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Fecha
2016Autor
Durán Vallejo, Lina María
Rivera Marín, Juan Felipe
Resumen
El derecho penal colombiano regula dentro de su normatividad, la posibilidad
que tiene el Estado, por intermedio de la Fiscalía General de la Nación y con
autorización de la autoridad judicial competente, de recluir en un centro
penitenciario a un persona que tiene la calidad de imputado, dentro de un
proceso de investigación penal, siempre y cuando se den cumplimiento a
unos criterios taxativos y excepcionales consagrados en la propia ley, de
manera preventiva, es decir, sin que se haya demostrado fehacientemente ni
más allá de toda duda razonable la responsabilidad de aquella persona en la
comisión de una conducta punible.
Sin embargo, debe reconocerse que la medida de aseguramiento preventiva,
se reviste de un carácter excepcional y no general, lo que implica que la
misma no pueda ser aplicada en todos los casos, sino que existen otras
medidas que cumplir la misma función de la privativa de la libertad sin que
exista una mayor afectación de derechos fundamentales a una persona que
bien puede resultar inocente una vez terminado el proceso de investigación.
En la actualidad, ante una sociedad convulsionada, con enormes problemas
de desigualdad social o material, desestructurada en sus basamentos y que
no ofrece verdaderas soluciones y respuestas a las necesidades del mundo
actual, la comisión de conductas punibles de enorme impacto social se ha venido recrudeciendo, por lo que el número de personas capturadas y de
investigaciones penales ha aumentado considerablemente, trayendo como
corolario el aumento de personas con medidas de aseguramiento
preventivas privativas de la libertad.
Ese aumento casi exponencial de detenidos, ha venido a agravar la situación
de las personas que se encuentran privadas de la libertad o recluidas en los
centros penitenciarios, al cual ya ha sido declarada bajo el estado de cosas
inconstitucional por la Corte Constitucional colombiana, en la medida que no
solamente se afectan los derechos a la movilidad y a la libertad con la
medida carcelaria, sino que se ven vulnerados derechos fundamentales en
virtud de las condiciones precarias de hacinamiento que no garantizan un
mínimo de desarrollo de la dignidad humana.
En Colombia, tal parece, existe un abuso desmesurado en la aplicación de la
medida en comento por lo que se hace necesario hacer un estudio detallado
acerca de los límites constitucionales nacionales e internacionales que dan
marco de aplicación a la medida de aseguramiento preventiva en aras de
establecer la efectividad de aquellos dentro de la realidad jurídica del país,
en virtud de la excesiva aplicación de la medida. Colombia, es un Estado
carcelario que condena y somete al escarnio antes de investigar y demostrar
la responsabilidad.
Bien se sabe que aquella medida goza de fundamento constitucional, pero
son justamente la Carta Política y el Bloque de Constitucionalidad, los
responsables de poner talanqueras y límites claros para su ejercicio y
ejecución. De ahí, el interés por investigar cuáles son esos límites, cuál es su
alcance, su ponderación y su nivel de efectividad dentro del proceso penal
colombiano.
Descripción
ilustraciones, gráficos, tablas
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- Derecho [587]