Contexto socio-jurídico del derecho al cambio de nombre por el reconocimiento a la identidad de género de la población LGTBIQ+, en Colombia
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Date
2022Author
González Rubio, Daniela
Rebellón Cobo, María Camila
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A partir de la Constitución Política de 1991 en el país, cuando se implementó la Corte Constitucional, se empezó un proceso para que fuesen reclamados y reconocidos los derechos que algunos grupos de la población denominados como minorías exigían, para que se les diera el respeto y tuviesen la igualdad de los derechos fundamentales contemplados en la Carta Política. Entre ellos se encuentra el colectivo LGTBIQ+ (lesbianas, gays, transexuales, transgénero, bisexuales, intersexuales y queer), quienes iniciaron un largo camino y empezaron a solicitar que les fuesen protegidos sus derechos a la igualdad, la salud, el libre desarrollo de la personalidad, la intimidad, la vida, entre otros y así la Alta Corporación por medio de la emisión de sentencias, creó precedentes jurisprudenciales, respecto a las garantías constitucionales a las que tenían derecho y buscando cada vez más la inclusión por el respeto y la diversidad. Se inició reconociendo la identidad sexual, pero con el requisito de una comprobación judicial, hasta llegar al momento actual, en el que no solo se puede modificar el nombre y el sexo, sino que se agregó al esquema de identificación el marcador ‘no binario’ o ‘NB’, que permite que las personas no binarias tengan reconocimiento en igualdad de condiciones que los demás ciudadanos como el cisgénero que cuenta con todas las garantías, ya que en sus documentos de identificación puede marcar bien sea ‘M’ por masculino y ‘F’ por femenino, sin tener que tomar acciones para que les concedan y reconozcan sus derechos fundamentales.
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ilustraciones, gráficos, tablas
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- Derecho [583]