Limitación y protección de la protesta desde el Derecho Administrativo Colombiano
Abstract
El presente artículo examina la regulación del derecho fundamental a la protesta en el marco del derecho administrativo, con especial énfasis en la manera en que las autoridades estatales, en ejercicio de sus competencias, han intervenido en su desarrollo mediante decretos bajo el argumento de preservar el orden público, la seguridad ciudadana y la convivencia. En este contexto, se destaca que, a partir de corrientes como el neoconstitucionalismo y el nuevo constitucionalismo latinoamericano la protesta ha sido reconocida en el Estado social de derecho como un derecho fundamental y un canal legítimo de participación ciudadana, en tanto manifestación de la soberanía popular. De este modo, la protesta se entiende como una práctica compatible con el orden constitucional, que promueve el diálogo y cuya garantía constituye un indicador esencial del nivel de calidad democrática. No obstante, los datos expuestos evidencian una crisis en la garantía efectiva de este derecho, particularmente en lo relacionado con la actuación de la fuerza pública. La omisión del legislador en expedir una ley estatutaria que lo regule integralmente ha trasladado indirectamente a la jurisprudencia y al derecho administrativo la función de delimitar su ejercicio, derivando en actos administrativos de orden nacional y territorial que oscilan entre un enfoque garantista, como el Decreto 003 de 2021, que privilegia el diálogo y el uso diferenciado de la fuerza, y uno restrictivo como el Decreto 575 de 2021, y diversas disposiciones locales que priorizan la contención y el control sin establecer salvaguardas claras para el ejercicio del derecho. El artículo concluye, que el derecho administrativo colombiano ha desempeñado un papel determinante en la protección y limitación de la protesta al configurar un marco que regula el ejercicio de este derecho y la intervención estatal, pero también se evidencia la necesidad de expedir una ley proporcional y garantista que armonice el mantenimiento del orden público con la plena efectividad del derecho a la protesta.
Descripción
ilustraciones, gráficos, tablas


